¡Conoce todo sobre el pago de tu CTS!

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¡Conoce todo sobre el pago de tu CTS!

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que todos los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa tienen plazo hasta el lunes 16 de mayo de 2022 para realizar, Este pago corresponde al periodo semestral noviembre 2021- abril 2022. Para acceder a este derecho, el trabajador debe haber laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tenga como mínimo un mes completo de servicios. Este fondo se creó para que en caso los trabajadores dejen de trabajar en la empresa puedan utilizar el dinero, por ese motivo ese monto no puede ser retirado a menos que el trabajador haya acumulado el equivalente a 4 sueldos.

¿Qué trabajadores reciben CTS?

  • Los trabajadores del sector privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada diaria de cuatro horas.
  • Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
  • En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.

¿En qué puedo invertir el dinero?

Si decides retirar tu dinero debes tener en cuenta para qué lo usarás, aquí te brindamos sugerencias:

  • Pagar deudas: Es clave identificar si se tienen deudas en tarjetas de crédito, hipotecarias o vehiculares porque con una bonificación sería bueno subsanarlas para evitar un incremento del interés. En el mundo de la educación financiera, endeudarse es algo que cualquiera debería evitar porque evadir hará que en el futuro pierdas mas dinero.
  • Ahorrar: Existen aseguradoras, cajas y bancos que tienen cuentas con un índice alto de rentabilidad que te permitirá generar ingresos residuales. Por tener tu plata sin movimientos, al mes podrían darte una tasa de interés que te generará dinero a la larga solo por ahorrar.
  • Invertir: Usar parte de ese dinero para probar formas de invertir, como mercado o criptomonedas es ir retroalimentando estas nuevas habilidades. Es bueno usar la plata para probar que mecanismos de inversión te pueden gustar, cosa que lo vas conociendo a fondo.

Datos importantes de la CTS que debemos conocer

En esta sección mencionaremos los datos más importantes en forma resumida de la CTS.

Descuentos de la CTS: No está sujeta a descuento alguno por impuesto a la renta o aportes a la AFP u ONP. Si el empleador ha recibido algún mandato judicial para retener una deuda por alimentos, no puede afectar la CTS, por ende, éste deberá depositarla de manera íntegra en la entidad financiera y comunicar al Juzgado el nombre de la misma para que se notifique directamente la retención.
En caso por error hubiera descontado la CTS deberá reintegrarla más intereses.

Pago disminuido de la CTS
Si el empleador calcula mal la CTS y deposita un monto inferior al que corresponde deberá realizar el reintegro en la entidad depositaria añadiendo los intereses que se hubieran generado si el depósito se efectuaba a tiempo. Para ello hay que averiguar la tasa en el mismo Banco.

Pago en exceso de la CTS
Si se depositó en exceso, el empleador no puede descontarla de futuros depósitos salvo que el trabajador se encuentre de acuerdo.

Depósito Extemporáneo CTS
Si no se cumple con realizar el depósito de CTS en los plazos establecidos, automáticamente, el empleador está obligado a reconocer los intereses que se hubiera generado el depósito. Por lo tanto, el empleador deberá reponer los intereses correspondientes y regularizar el depósito de CTS. La tasa de interés dependerá de cada entidad financiera

Retiro de CTS
De acuerdo con la Ley 30334, del total de la CTS, cuatro sueldos son intangibles (intocables, salvo por motivo de cese del trabajador). El excedente puede ser retirado por el trabajador.
Para determinar el monto intangible se debe considerar el último sueldo que tuviera el trabajador a la fecha en la que solicita el retiro, multiplicado por cuatro.

Promulgación de la nueva norma de la CTS
El Gobierno promulgó la ley para que los trabajadores dispongan del 100% de la CTS que tengan acumulado en entidades financieras, para que las familias puedan fortalecer sus ingresos económicos para cubrir sus necesidades ante la crisis sanitaria por el COVID-19.
Con la norma promulgada se podrían a disposición alrededor de S/ 21,668 millones de las cuentas de CTS, según información de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

La ley autorizará por única vez a los trabajadores a disponer de la CTS a fin de paliar los efectos económicos de la pandemia del nuevo coronavirus y la inflación actual. La norma establece que las entidades deberán liberar los fondos acumulados en dicha cuenta y se podrá acceder a esta como máximo hasta el 31 de diciembre del 2023. ¡Esperamos que esta nota te empuje a estudiar una especialización en nuestro curso de Planillas y así puedas calcular la CTS correspondiente!

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