Según un último reporte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), los servicios bancarios y financieros son los que más reclamos recibieron por parte de los usuarios en el último año (abril 2015 – mayo 2016), con 20 mil 680 casos en total. La mayoría de las quejas son por cobros indebidos a los clientes y hasta por discriminación.
Si tú eres un cliente bancario y no sabes qué derechos tienes, acá te mostramos algunas de las obligaciones que todo banco debe tener contigo.
- Ser informado de los productos y servicios financieros
Las entidades bancarias están en la obligación de informar a sus clientes o potenciales consumidores de manera clara y precisa:
- La tasa de costo efectivo anual (TCEA)
- La tasa de rendimiento efectivo anual (TREA)
Ambos deben de comprender todos los costos directos e indirectos como lo indica la Superintendencia de Banca y Seguros y las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS).
- Ser informado de nuevas promociones
Las entidades bancarias están en la obligación de informar de manera clara la TCEA calculada para un año de 360 días en la publicidad de productos o servicios financieros de crédito que anuncien tasas de interés bajo. En el caso que se anuncien tasas de interés bajo la modalidad de crédito revolvente, la entidad debe consignar la TEA con el monto y el cargo aplicable. En caso se anuncien tasas de interés pasivas, la entidad bancaria debe anunciar la TREA calculada por un año de 360 días.
- Ser notificado de modificaciones contractuales
Las entidades bancarias no se ven obligadas a notificar algún cambio o resolución de contrato siempre y cuando esté sustentada en una norma emitida por la SBS. De existir algún cambio no estipulado en las nomas, las entidades deben informar de manera clara a sus clientes dichos acontecimientos.
- Derecho a efectuar pagos anticipados
Los clientes bancarios tienen el derecho a efectuar el pago anticipado o prepago de saldo de sus créditos de forma total o parcial con la consiguiente reducción de los intereses generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes. Los usuarios no pueden ser penalizados o pagar algún tipo de cobro adicional por efectuar el pago anticipado.
- Derecho a la imputación de pagos
Los clientes bancarios tienen derecho a ser informados respecto a las condiciones aplicables a las distintas obligaciones que pueden ser asumidas en virtud a un mismo contrato de crédito. En los contratos de crédito por adhesión o con cláusulas generales de contratación, el orden de imputación de pagos pactados no puede conllevar un agravamiento desproporcionando del monto adecuado. En los contratos de crédito de adhesión o con cláusulas generales de contratación con distintas obligaciones en los que no se haya pactado la aplicación de los pagos, estos deben ser aplicados en primer lugar a las obligaciones menos garantizada.
- Derecho al reclamo por productos, servicios y seguros
Las entidades bancarias están en la obligación de atender los reclamos de sus clientes dentro del plazo establecido a la norma vigente. Este reclamo debe presentarse y registrase en la SBS. Si la entidad bancaria presenta comportamientos extraños tras el reclamo, Indecopi puede comenzar un proceso sancionador.
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