¿Qué son los INCONTERMS?

¿Qué son los INCONTERMS?
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¿Qué son los INCONTERMS?

Los INCOTERMS son un conjunto de reglas internacionales que tienen como finalidad facilitar la conducción del comercio internacional para evitar incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones que pueden tener los países del mundo. Además de ello, los INCOTERMS se encargan de determinar el punto exacto de la transferencia de riesgo de daño y la responsabilidad de entrega de la mercancía entre el vendedor y comprador, más no son una ley sino recomendaciones reconocidas como una práctica internacional.

Este conjunto de reglas ha sido agrupado en cuatro grandes grupos (reconocidas por letras) los cuales tienen que estar presentes siempre para el entendimiento de los implicados en el negocio.

Grupo E

Término usado por el vendedor en las mercancías que estarán a disposición del comprador en el local del vendedor.

  1. EXW (Exwork / en fábrica)

Esta sigla significa que el vendedor ha cumplido con dejar la mercadería en la fábrica o taller para que el comprador la retire. El vendedor no se hace cargo de la colocación de la carga en el vehículo en que será transportado ni del despacho en Aduanas, menos que exista un acuerdo entre ambas partes.

Grupo F

El vendedor entrega la mercancía en un medio de transporte escogido por el comprador.

  1. FCA (Free carrier / Libre de porte)

El vendedor cumple con dejar la mercancía en el lugar fijado. En caso el comprador no haya especificado el sitio, el vendedor puede escoger la zona y será el transportista que se hará carro de la mercadería.

  1. FAS (Free alongside ship / Libre al costado del buque)

El vendedor coloca la mercadería a lo largo del barco y es el comprado que debe despachar la mercadería en Aduanas.

  1. FOB (Free on board / Libre a bordo)

La mercadería es puesta a bordo por el vendedor ya habiéndose hecho los pagos respectivos. El vendedor también tiene que despachar la mercadería de exportación. Este término solo puede ser usado para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.

Grupo C

El vendedor contrata el transporte sin asumir los riesgos de pérdida o daño de la mercancía, y costos adicionales presentados después de la carga y despacho.

  1. CFR (Cost and freight / Costo y flete)

Esta sigla significa que el vendedor ha colocado la mercadería en el puerto de destino con el flete pagado pero sin el seguro cubierto. También tiene que despachar la carga en Aduanas. Este término solo puede usarse en el caso de transporte por mar o vías acuáticas interiores.

  1. CIF (Cost, insurance & freigth / Costo, seguro y flete)

Esta sigla significa que el vendedor ha colocado la mercadería en el puerto de destino con el flete y seguro pagado. Él solo está obligado a conseguir un seguro con cobertura mínima. De requerirse más seguridad el comprado debe asumir los costos.

  1. CPT (Carriage paid to / Tranporte pagado hasta)

El vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta el destino acordado. El comprador debe asumir el riesgo de pérdida o daño una vez que el transportista asume la carga y de despacharla para su exportación.

  1. CIP (Carrige and insurance paid to / Flete y seguro pagado hasta)

El vendedor tiene las mismas obligaciones que en la CPT, pero además deberá contratar un seguro.

Grupo D

El vendedor asume los gastos y riesgos del transporte de la mercancía a otro país.

  1. DAT (Delivered at terminal / Entrega en terminal)

El vendedor debe de entregar la mercancía al comprado en el destino acordado por ambos. Él también tiene que asumir los gastos que implica llevar la hasta el terminal. El comprador asume todos los riesgos de pérdida o daño causado en la mercancía desde el momento de la entrega.

  1. DAP (Delivered at place / Entrega en el lugar designado)

El vendedor debe de entregar la mercancía en el lugar asignado por el comprado. También debe de contratar y pagar el transporte de la mercancía hasta el destino acordado y debe correr los riesgos de pérdida o daño causados en la carga hasta la entrega de la misma. El comprador asume todos los riesgos de pérdida o daño causado en la mercancía desde el momento de la entrega.

  1. DDP (Delivered duty paid / Entrega en destino con derechos pagados)

El vendedor entrega la mercancía en el destino convenido en el país de importador, incluidas las maniobras de descarga. El comprados asume los riesgos y gastos que ocurran después de recibida la mercancía en el lugar convenido.

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